LEY DEL SISTEMA
NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA
LEY Nº 27933
CAPÍTULO I
OBJETO Y MARCO CONCEPTUAL
Artículo
1.- Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto proteger el libre
ejercicio de los derechos y libertades, garantizar
la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y
respeto de las garantías individuales y sociales
a nivel nacional. Comprende a las personas naturales
y jurídicas, sin excepción, que conforman
la Nación Peruana.
Artículo
2.- Seguridad Ciudadana
Se entiende por Seguridad Ciudadana, para efectos
de esta Ley, a la acción integrada que desarrolla
el Estado, con la colaboración de la ciudadanía,
destinada a asegurar su convivencia pacífica,
la erradicación de la violencia y la utilización
pacífica de las vías y espacios públicos.
Del mismo modo, contribuir a la prevención
de la comisión de delitos y faltas.
